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lunes, 29 de marzo de 2021

Realizan mural que visibiliza los derechos de las personas trans en Bariloche

En el Día de la Promoción de los Derechos de las Personas Trans se realizó el primer mural que las representa en nuestra ciudad. 




Está en uno de los paredones de calle Gallardo, entre Rivadavia y 9 de Julio. Dejaron así representada la imagen de Claudia Pía Baudracco, quien militó hasta lograr la Ley de Identidad de Género en Argentina.

Alex Anfuso junto a Victoria Álvarez Pebe son coordinador y coordinadora de ATTTA (Asociación de Travestis, Transgéneros y Transexual de Argentina) de Río Negro. “Ese día se conmemora el fallecimiento de Claudia, una de las grandes activistas del movimiento trans y la fundadora de la Asociación nacional en 1993”.

Han pasado 27 años de lucha “ella empezó a recorrer todo el país, a buscar a las chicas trans, a hacerles ver que eran dignas de derechos y que debían hacerse cumplir”. Luego de ATTTA participó de la fundación de la federación LGBT. Murió un mes antes de que fuera realidad la ley y sin poder ver su nombre en su DNI “Claudia con todo su amor y lucha, nos dejó muchas puertas abiertas para ser quienes queremos ser”.

Hace cinco años que Alex es coordinador de ATTTA, “cuando nos convocó el municipio comenzamos a trabajar en una encuesta a la población trans, era algo sumamente necesario para hacer cumplir nuestros derechos”. Uno de los grandes logros a nivel local fue obtener el cupo laboral.

ATTTA Bariloche también impulsó que se genere el Consejo de la Diversidad, “esto nos permite generar más políticas públicas, cualquier necesidad del colectivo LGBT pasa por ahí y se comienza a trabajar”.

Al momento de definir a una persona trans, Alex dijo: “hay conceptos básicos, que la identidad es una construcción, el género también, uno se va construyendo a medida que va creciendo y se va dando cuenta de cómo quiere ser”.

Entonces trans es aquella persona que modifica el género que le asignaron al momento de nacer “por nuestros genitales nos determinan qué somos aunque nunca nos identificamos con esa imposición”.

Se denomina Cisgénero a aquellas personas que sí se identifican con el género con el que nacieron, es decir que es lo contrario a las transgénero. “Hoy por hoy en Bariloche hay más visibilización y mayor conquista de derechos”. Agregó “como varón trans quizás no sufrimos tanta discriminación, no al mismo nivel que las mujeres, a las que siguen agrediendo, llevando presas y asesinando”.

El mural

Están muy felices porque en Bariloche es la primera vez que hacen un mural cuyo motivo refleja a una mujer trans. “Ahora la comunidad la puede ver y reconocer, como la gran luchadora que fue”. De la obra de arte participaron AMMURA, Blanca Rice Cabrera, Naty Bombón y Betty Rubio.

Para finalizar Alex dijo “nunca me olvido de dónde vengo y la lucha de Claudia la continuaré, ahora pedimos Ley Integral Trans ya”.

Fuente:

El Cordillerano 

ATTTA Río Negro

Mujeres Muralistas en Bariloche AMMURA

sábado, 31 de agosto de 2013

Ganadores del concurso LGBT Go

Tres proyectos presentados por organizaciones civiles fueron seleccionados como ganadores del concurso LGBT Go, el programa de subsidios para la protección y fortalecimiento de los derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales y transexuales (LGBT) de la Embajada de los Estados Unidos en la Argentina.

Imagen: Facebook Embajada de USA en Argentina


La Embajada recibió 28 propuestas originales y de gran calidad provenientes de diferentes provincias del país. Participaron de la convocatoria organizaciones civiles de ciudades como Rosario, Posadas, Santiago del Estero y Tucumán, entre otras.

Las propuestas que resultaron seleccionadas son el “Primer Foro Regional del NEA de Formación de Líderes de la Comunidad LGBT”, presentado por LGBT Misiones; el “Observatorio sobre el Tratamiento de LGBT en los Medios de la República Argentina”, de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT); y el proyecto “Por el Respeto de los Derechos Humanos de la Comunidad LGBT”, de la Fundación Mujeres en Igualdad.

Los proyectos ganadores pertenecen a organizaciones sin fines de lucro que realizarán un trabajo de visibilización, capacitación de líderes en diferentes áreas, generación de contenidos y recursos con el objetivo de reducir la distancia entre las personas LGBT y los contextos educativos, laborales y sociales, y lograr un mayor entendimiento y respeto de los derechos humanos. Los proyectos se implementarán en un período menor a 12 meses.

Por consultas sobre el concurso, por favor, comunicarse por correo electrónico a bacultural@state.gov.

Comunicado de Prensa de la Embajada de EE.UU. en Argentina
https://www.facebook.com/fundacion.mujeresenigualdad

martes, 11 de diciembre de 2012

El Estado Argentino aún nos discriminados por nuestra orientación sexual


César Cigliutti, titular de la Comunidad Homosexual Argentina, opinó que "de ninguna manera la pregunta por su orientación sexual puede ser un dato que dé alguna garantía".




El proyecto prohíbe incluir en el formulario preguntas "lesivas del derecho a la diversidad sexual".

Todavía tenemos que explicar lo obvio!!!!

¿SABÍAS QUE EL MINISTERIO DE SALUD PROHÍBE QUE LOS GAYS DONEMOS SANGRE?



En su última sesión ordinaria del año, la Cámara de Diputados dio media sanción a una ley dirigida a eliminar del cuestionario previo a la donación de sangre, preguntas referidas a la orientación sexual de las personas.

El diputado nacional del FAP, Roy Cortina presentó hacia el año 2008, la primera iniciativa en ese sentido, surgida a partir del diálogo y el trabajo conjunto con distintas organizaciones de la diversidad sexual.

Al respecto el diputado socialista Cortina sostuvo: “Estamos orgullosos de haber promovido esta ley que es un avance en materia de derechos. Negarle la posibilidad de donar sangre a los varones gays por considerarlos parte de una categoría sospechosa es anacrónico y contrario al principio constitucional de igualdad”.

Y agregó: “No hacer hincapié en la conducta riesgosa que es tener relaciones sexuales sin protección y, en cambio, señalar a un supuesto grupo de riesgo, resulta discriminatorio y crea una falsa sensación de inmunidad entre quienes no lo integran, que atenta contra la posibilidad de prevenir la transmisión de HIV.”

viernes, 23 de diciembre de 2011

La FALGBT manifiesta su preocupación ante las versiones sobre cambios en las delegaciones del INADI

Cambios en las delegaciones provinciales del Instituto excluirían a referentes históricamente comprometidos con la igualdad y los derechos del colectivo LGBT.



La Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans manifiesta su preocupación ante las versiones sobre cambios en las delegaciones del INADI (Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo).

Dichas versiones tomaron relevancia a partir de la exclusión de algunos delegados y delegadas de una reunión nacional convocada por el Interventor del Instituto, Sr. Pedro Mouratián, que se realizó en el día de ayer; lo que constituiría un preludio a cambios institucionales que, de acuerdo a datos recibidos por la FALGBT, responderían a presiones ejercidas por sectores conservadores y reaccionarios de algunas provincias, sectores que se opusieron al matrimonio igualitario y estarían operando una vez más para intentar que quien represente a tan importante organismo del Estado Nacional no sea un defensor de este y otros Derechos Humanos.

Es preocupante en particular la presión sobre el Delegado de San Juan, Dr. Horacio Rodríguez del Cid, quién defendió el matrimonio igualitario así como otros temas relacionados a la diversidad sexual, a la no discriminación y la igualdad para todos y todas en dicha provincia.

Desde la FALGBT, se solicita al Gobierno Nacional que la representación del INADI en cada provincia sea ejercida por personas de comprobado compromiso con todas las luchas de Derechos Humanos (matrimonio igualitario, identidad de género, legalización del aborto, violencia de género, migrantes, VIH-sida y demás) sin exclusión, como así también el respeto de las fuentes de trabajo de las y los compañeros/as del Instituto, gran parte de los cuales se encuentran terciarizados y sin estabilidad laboral.

Por otra parte preocupa a la FALGBT la omisión del eje de trabajo sobre diversidad sexual en la planificación 2012 del Instituto, siendo que durante ese año el Parlamento nacional deberá avanzar en la sanción definitiva de la Ley de Identidad de Género, y el Estado Nacional en la implementación de los servicios de salud y procedimientos administrativos para el completo cumplimiento de la misma, entre otros ejes relevantes de la agenda LGBT

sábado, 21 de mayo de 2011

Ley de Género



Leemos en La Mañana de Neuquén el titulo de una nota en un blog: Salidendo del Closet esta nota comienza por aclarar algunos conceptos que ayudan a comprender mejor cuando se habla sobre la Ley de Identidad de Género.

Persona trans es la expresión que abarca a travestis, transexuales y transgéneros, se refiere a  aquella persona que se identifica , siente y/o expresa un género diferente al que le ha sido asignado desde su nacimiento.

Este año el Congreso de la Nación comenzó a tratar en Comisiones dos proyectos de Ley -impulsados desde 2007 por la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transexuales FALGBT y la Asociación Travestis Transexuales Transgéneros de la Argentina ATTTA (Link al proyecto http://www.attta.org.ar/documentos/ProyectoLeyReconocimientorespetoIdentidad-Genero.pdf) que son fundamentales para la vida de miles de ciudadanos y ciudadanas como la Ley de Identidad de Género y la Ley de Atención Integral de la Salud para Personas Trans. Se trata de una cuestión que hace a la dignidad y la calidad de vida de muchas personas.

¿Qué es la Ley de identidad de Género?

La Ley de Identidad de Género es una iniciativa parlamentaria que tiene por objetivo proporcionar un marco jurídico para que las personas trans —travestis, transexuales y transgéneros— puedan desarrollar su identidad de género.

El proyecto habilita el reclamo de la rectificación registral del sexo y cambio de nombre de pila por vía de un trámite administrativo ante el Registro Nacional de las Personas. Este trámite no presenta requisitos específicos, salvo la propia solicitud de la interesada o el interesado o sus representantes legales, siendo innecesaria la presentación de diagnóstico médico o psiquiátrico alguno, ni la realización de ningún tipo de cirugía de reasignación genital.


¿Cuál es el eje del debate?

Es muy importante comprender que tanto el derecho a la identidad como el derecho integral a la salud están más allá del debate sobre si se trata o no de una enfermedad: ambos están consagrados por la Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos, expresados como derecho a la autonomía, derecho a la identidad y derecho a la salud.

El derecho a la autonomía implica que todas las personas pueden definir su propio proyecto de vida, que —siempre y cuando no afecte a terceros— está exento de la intervención e injerencia estatal. Y el derecho a la identidad es el derecho a «ser quien se es y no otro/a», y a ser reconocido/a y protegido/a como tal por el Estado, sin  condicionamientos.

Por su parte todas las personas gozan — por el solo hecho de ser personas— del derecho básico a la salud; y esta debe entenderse —al decir de la OMS— como «un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de enfermedad».

Esto obliga a los Estados a generar condiciones en las cuales todas y todos podamos vivir lo más saludablemente posible, de acuerdo a diversas condiciones que exceden el simple derecho a estar sanas y sanos. Esas condiciones comprenden la disponibilidad garantizada de servicios de salud, la contención y reconocimiento por parte de los entornos familiares y afectivos, condiciones de trabajo saludable y seguro, vivienda digna y alimentos nutritivos, entre muchas otras. 

¿En qué consiste la Ley de Atención Sanitaria Integral para personas trans?

Se trata de un proyecto de ley, cuyo objeto es regular el procedimiento que deben llevar a cabo las y los profesionales de la salud en los establecimientos asistenciales de los sistemas de salud público y privado y de las obras sociales para la atención médica de las personas trans, en aquellos casos en que decidan realizar intervenciones para la reasignación genital, u otros tratamientos hormonales o quirúrgicos específicos.

La necesidad de la intervención especializada no implica en ningún caso el diagnóstico de una enfermedad, sino el asesoramiento y acompañamiento profesional para garantizar integralmente la salud de los/as ciudadanos/as trans. Se entiende a la salud, en el marco de este proyecto, como el completo bienestar físico, psíquico y social, en conformidad con la identidad y expresión de género asumida en forma autónoma y de acuerdo con el propio proyecto de vida.


jueves, 17 de marzo de 2011

Ley de Identidad de Género

 

La Ley de Identidad de Género avanza en el Congreso y se debate en todo el país
Tras una reunión con la Presidenta de la Comisión de Legislación General de la Cámara de Diputados, Vilma Ibarra, la FALGBT y ATTTA lograron que en la primer reunión de Comisiones se definiera el tratamiento de la Ley de Identidad de Género como uno de los tres temas prioritarios del año.

En la próxima reunión de Comisión se definirá el cronograma para su tratamiento y la fecha tentativa para la realización de una audiencia pública en torno al tema.

Por otra parte se están desarrollando actividades de presentación de los proyectos de Ley de Identidad de Género y Atención integral de la Salud de las personas trans, así como la Guía para comunicadoras y comunicadores en todo el país. 

 

 PROYECTO PRESENTADO:

LEY DE RECONOCIMIENTO Y RESPETO A LA IDENTIDAD DE GÉNERO

Artículo 1º.- Las personas tienen el derecho humano básico a ser identificadas y tratadas reconociendo su identidad o expresión de género, sea cual sea su sexo biológico o haya sido su sexo de nacimiento o su expresión de género anterior.

Artículo 2º.- Toda persona que sienta y exprese en forma pública, estable y permanente pertenecer a un género diferente al que la sociedad le ha asignado convencionalmente a su sexo biológico de nacimiento, podrá reclamar la rectificación registral del sexo y cambio de nombre propio.
La persona interesada deberá presentar ante el Registro Nacional de las Personas o sus oficinas seccionales una declaración jurada de estas circunstancias solicitando la rectificación registral. El/la oficial público/a procederá sin necesidad de ningún otro trámite judicial o administrativo a dejar constancia en el legajo de identificación de la persona (artículo 7 de la ley 17.671) y a expedirle un nuevo documento nacional de identidad con la rectificación registral del sexo y su nuevo nombre propio.

Artículo 3º.- Con relación a los/as personas menores de dieciocho años de edad la solicitud del trámite a que refiere el artículo 2º deberá ser efectuada a través de sus representantes legales.
Cuando por cualquier causa se niegue o sea imposible obtener el consentimiento de alguno/a de ellos/as, se recurrirá a la vía sumarísima para que los/as jueces/zas correspondientes declaren la irracionalidad del disenso o suplan el consentimiento, teniendo en cuenta los principios de capacidad progresiva e interés superior del niño/a de acuerdo a lo estipulado en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Artículo 4º.- La rectificación registral del sexo conllevará el cambio del nombre propio de la persona. En la solicitud de rectificación registral de sexo deberá incluirse la elección del nuevo nombre propio.

Artículo 5º.- El oficial público notificará de oficio la rectificación de sexo y cambio de nombre al Registro Civil de la jurisdicción donde fue asentada el acta de nacimiento para que proceda a emitir una nueva partida de nacimiento acreditando dichos cambios con una referencia que indique la ubicación de la partida anterior a la rectificación.

Artículo 6º.- Al acta de nacimiento originaria anterior a la rectificación registral de sexo sólo tendrán acceso quienes demuestren un interés legítimo con autorización del/a titular de dichos datos, o con autorización judicial por escrito y fundada. Del mismo modo, no se dará publicidad a la rectificación registral de sexo en ningún caso, salvo autorización del/a titular de los datos. Omítase la publicación en los diarios a que se refiere el Art. 17 de la Ley 18.248.

Artículo 7º.- El Registro Nacional de las Personas informará el cambio de documento nacional de identidad al Registro Nacional de Reincidencia y a la Secretaría del Registro Electoral correspondiente para la corrección del padrón electoral, masculino o femenino.

miércoles, 3 de marzo de 2010

Damián Bernath y Jorge Salazar contajeron matrimonio hoy


Damián Bernath y Jorge Salazar contajeron matrimonio hoy, Miércoles 3 de marzo de 2010




Luego de que la jueza Elena Liberatori autorizara el casamiento de Damián Ariel Bernath y Jorge Esteban Salazar la semana pasada, la pareja debió atravesar otro obstáculo: en el Registro Civil 1, donde tenían fecha, estaban de paro.

No obstante, y gracias a una excepción que se expresa por ley, los casamientos se llevaron adelante, y Damián y Jorge ya se encuentran unidos en matrimonio, según confirmó a Infobae.com María Rachid, presidente de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transexuales (Falgbt).

"Ya están casados, el derecho ya está adquirido en la Argentina y en el mundo", dijo más tarde Rachid, en declaraciones televisivas.

"Estamos muy felices, esto es ya una realidad en la Argentina. (…) Lo que tenemos que lograr ahora es que el Congreso modifique la ley para no tener que recurrir a la Justicia" cada vez que una pareja gay quiera unirse en matrimonio, agregó.

En ese sentido, se especula que lapróxima semana la Cámara de Diputados tratará el proyecto de ley que propone una modificación en el Código Civil que permita el matrimonio entre personas del mismo sexo , presentado por las legisladoras Vilma Ibarra y la socialista Silvia Augsburger.

El viernes pasado, la fiscal en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la ciudad de Buenos Aires María del Carmen Gioco había apelado el fallo por el cual la jueza Liberatori autorizó el casamiento entre Damián y Jorge. Argumentó que la resolución debería ser revocada por la Cámara al considerar que no tuvo intervención en el proceso.

"Los fiscales tienen obligación de preservar el debido proceso en todos los expedientes, que se cumplan las normas que hacen a la correcta administración de justicia. En este caso, la jueza rechazó el pedido de inconstitucionalidad. En función de esto, la actuación del fiscal está limitada. Por eso la jueza entendió que no debía notificarse la resolución de fondo a la fiscalía", explicó Florencia Kravetz, representante de la pareja.

Damián y Jorge contrajeron matrimonio esta mañana en una ceremonia privada, con la presencia de la familia, las abogadas del caso, Florencia Kravetz y Flavia Massenzio (abogadas de la FALGBT), y Rachid.

"La pareja quería una ceremonia personal y privada como desearía cualquier pareja. Hubo que hacer muchos esfuerzos para que esto fuera así, primero para que puedan casarse y luego para que este sea un evento familiar. Justamente lo que queremos es que todas las personas tengan el derecho que a ellos les costó tanto conseguir: casarse por amor, en familia", expresó la presidente de Falgbt.


Fuente: Infobae, La Nación, El Cronista Comercial